El Concejo Cantonal aprueba la reforma de los artículos 51 y 52.

Concejo Cantonal aprueba reforma sobre uso y ocupación del suelo

Tras su entrada en vigencia, se realizaron talleres de socialización para ajustar los artículos 51 y 52. Finalmente, el lunes 31 de marzo, en el punto cuatro del orden del día, el Concejo Cantonal aprobó su reforma.

La Dirección General de Control Municipal propuso cambiar «Contribución Onerosa por el Permiso Municipal de Uso de Suelo» por «Tasa por la Obtención del Permiso Municipal de Uso de Suelo» para mayor claridad y equidad.

Esta tasa permite la emisión del Permiso Municipal de Uso del Suelo (PMUS). Su cálculo considera ubicación del predio, área utilizada y categoría de la actividad, factores que influyen directamente en su valor.

Se establecieron rangos máximos y mínimos basados en la fórmula ViPMUS y el salario básico unificado, garantizando un cobro proporcional y equitativo para los propietarios de diversas actividades económicas.

Santiago Vanegas Peña, director de Control Municipal, destacó que la reforma del artículo 51 busca que la tasa sea justa y no afecte la economía de los propietarios. El artículo 52 establece la fórmula para calcular la tasa.

ViPMUS= ACTATT * AU * ɸ

Donde: ViPMUS = Valor Inicial PMUS ACT = Avalúo catastral del terreno ATT = Área total del terreno AU = Área utilizada para la actividad ɸ = Factor de conversión según la categoría de la actividad.

La fórmula garantiza equidad considerando tres variables:

  1. Complejidad de la actividad económica.
  2. Tamaño del área destinada al uso.
  3. Ubicación del predio.

Así, una pequeña ferretería en zona rural pagará menos que una gran ferretería en zona urbana, asegurando justicia y equidad territorial. Se fijan valores mínimos y máximos para modular el cálculo.

Tras la publicación de la reforma en el Registro Oficial, en 10 días la Dirección General de Desarrollo Estratégico Institucional y Control Municipal definirán el procedimiento para la implementación tecnológica del cobro.

La Dirección de Tecnologías de la Información desarrollará los sistemas administrativos necesarios para gestionar el trámite de la tasa del Permiso Municipal de Uso de Suelo (PMUS).

Esta ordenanza reformatoria no tendrá efectos retroactivos y entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial. (I)

 

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